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Comunidad Autónoma

Galicia


Bandera de Galicia

Bandera de Galicia

La bandera de Galicia se regula por la Ley 5/1984, de 29 de mayo de 1984, de la Junta de Galicia. En ella se legisla que la bandera de Galicia ha de tener una longitud igual a tres medios de su ancho. Es blanca, con una banda azul celeste de un ancho equivalente a la cuarta parte del de la bandera, que la atraviesa desde la parte superior al asta hacia la parte inferior al batiente. Esta versión, sin escudo, es denominada «bandera civil» por la vexilología —la ciencia que estudia las banderas— y puede ser utilizada por los ciudadanos pero no por la administración pública, que debe, obligatoriamente, emplear la «bandera institucional», con escudo. Esta versión, con escudo, también puede ser utilizada por la población civil.

Escudo de Galicia

Escudo de Galicia

En campo de azur, un cáliz de oro sumado de una hostia de plata, y acompañado de siete cruces recortadas del mismo metal, tres a cada lado y una en el centro del jefe. El timbre, corona real, forrada de gules, o rojo, cerrado

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